La jueza federal Zulinda Niremperger concedió un recurso de nulidad clave presentado por las defensas de los policías chaqueños acusados de sustraer 9 kilogramos de cocaína en diciembre pasado. La resolución, firmada el 10 de marzo, habilita la revisión de procedimientos que los abogados consideran viciados de ilegalidad.
El argumento de la «omisión legislativa»
En un fallo de relevancia doctrinaria, Niremperger reconoció que, aunque el Artículo 356 del Código Procesal Penal Federal no contempla este tipo de impugnaciones, existe una «omisión legislativa» dada la gravedad de lo debatido. Con este criterio, permitió que la Cámara de Apelaciones analice los reclamos de los defensores, quienes buscan anular las actuaciones principales.
Bajo la lupa: El acta de incineración
El corazón del reclamo defensivo, impulsado originalmente por los abogados de Gustavo Quitzman y con la adhesión de defensores como Ricardo Osuna y Gonzalo Sánchez, apunta a inconsistencias en el acta del 18 de diciembre:
- Falta de identificación: No se detallaría a todos los agentes de Gendarmería Nacional que participaron.
- Vacíos en el registro: El acta omitiría quién realizó las grabaciones oficiales del procedimiento de quema.
- Inconsistencias documentales: Los letrados sostienen que existen «omisiones relevantes» que afectan la validez de la prueba de carga.
“Corresponde tener por interpuesta la impugnación y conceder el trámite en virtud de la relevancia de la cuestión debatida dentro del proceso”, fundamentó la magistrada en su escrito.
Los imputados
La causa involucra a los agentes Gustavo Quitzman, Franco Ramírez, Néstor «Ume» Canteros, Juan Almirón y Núñez, Gustavo Acosta y Rubén Alegre. Todos permanecen bajo investigación por un hecho que sacudió a la cúpula de la fuerza provincial al conocerse que, tras un operativo exitoso, una parte del estupefaciente habría sido desviada por los propios uniformados encargados de su custodia.
Con esta resolución, el proceso entra en una etapa de suspenso hasta que la instancia superior determine si las «prolijidades» señaladas por las defensas son errores de forma o si, efectivamente, constituyen nulidades que podrían beneficiar a los efectivos detenidos.
