El Juzgado Federal N° 2 de Resistencia, bajo la titularidad del Dr. Ricardo Manovich, dictó una medida cautelar que obliga a la prepaga OSDE y a la obra social OSME a restablecer la afiliación de un jubilado chaqueño. El hombre había sido dado de baja del sistema tras su retiro de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ex AFIP).
Tratamiento de alto costo en riesgo
El demandante padece artritis reumatoide, una afección crónica que requiere medicación mensual con un costo de mercado cercano a los $4.600.000. Al jubilarse, sus aportes fueron derivados automáticamente al PAMI, situación que las prestatarias aprovecharon para interrumpir su continuidad asistencial en el Plan 210 de OSDE.
En su análisis, el magistrado consideró que se encontraban reunidos los requisitos fundamentales para una cautelar:
- Verosimilitud del derecho: El derecho a la salud y la continuidad prestacional.
- Peligro en la demora: El riesgo inminente de interrumpir un tratamiento vital debido a su inaccesibilidad económica.
Confirmación en Cámara
Pese a las apelaciones presentadas por las prestadoras, la Cámara Federal de Apelaciones respaldó el fallo de primera instancia. Los jueces de alzada subrayaron que la conducta de OSDE podría implicar un incumplimiento de normativas vigentes y que la protección debe ser provisoria pero inmediata para evitar daños irreversibles en la salud del afiliado.
De esta manera, la justicia chaqueña sienta un precedente relevante sobre la libertad de elección de obra social al momento de jubilarse, impidiendo que el traspaso automático al sistema previsional público (PAMI) sea utilizado como excusa para desamparar a pacientes con patologías complejas.
